Acuerdo de competitividad de las frutas industrializables.

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Editor

Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria - CORPOICA

Resumen

Descripción

La Ley 811 de 2003 Junio 26) por la cual se modifica la Ley 101 de 1 993 en lo referente al CAPITULO XlV, para la creación de las organizaciones decadenas en el sector agropecuario, dice textualmente: Artículo 101 .Creación de las organizaciones dé cadena. Las organizaciones de cadena constituidas a nivel nacional, a nivel de una zona o región productora, por producto o grupos de productos, por voluntad de un acuerdo establecido y formalizado entre los empresarios, gremios y organizaciones más representativas tanto de la producción agrícola, pecuaria, forestal, acuícola, pesquera, como de la transformación, la comercialización, la distribución, y de los proveedores de servicios e insumos y con la participación del Gobierno Nacional y/o los gobiernos locales y regionales, serán inscritas como organizaciones de cadena por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, siempre y cuando hayan establecido entre los integrantes de la organización, acuerdos, como mínimo
Mango
Guayaba
Mangifera indica L.
Psidium guajava

Palabras clave

Legislación - D50, Legislación, Sector agroalimentario, Agroindustria, Acuerdos comerciales, Frutales

Citación

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