Ley 2142 de 2021: Por medio del cual institutos y centros de investigación reconocidos por el Ministerio de ciencia, tecnología e innovación, estarán autorizados a obtener registro calificado de programas académicos de maestría y doctorado

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Congreso de la República de Colombia

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Artículo 10. Los institutos y centros de investigación recorlocidos por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación o quien haga sus veces, podrán obtener el registro calificado para ofrecer y desarrollar programas académicos de maestría y doctorado, con capacidad de rea:¡zar y orientar procesos académicos e investigativos en un área específica del conocimiento, directamente o a través de convenios con universidades, previo cumplimiento de las disposiciones: legales establecidas para dicho fin, y la reglamentación de esta ley que haga el Gobierno nacional.

Palabras clave

Legislación - D50, Legislación, Educación, Programas de capacitación, Transversal, http://aims.fao.org/aos/agrovoc/c_4253, http://aims.fao.org/aos/agrovoc/c_2488, http://aims.fao.org/aos/agrovoc/c_24094

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