2026-06-28http://hdl.handle.net/123456789/309115En México la forestación con propósitos de producción comercial se encuentra perfectamente regulada por la Ley Forestal y su Reglamento. Para plantaciones comerciales cuya superficie de 20 hectáreas o menos, únicamente se requiere presentar un Aviso de Forestación (AF), para plantaciones de más de 20 hectáreas y hasta 250 es necesario presentar un Informe de Forestación (IF) y obtener a cambio la autorización de la plantación por parte de la Delegación Federal de la SEMARNAT en el Estado que cor responda. Finalmente para establecer plantaciones en superficies mayores a 250 hectáreas se requiere presentar un Programa Integrado de Manejo Ambiental y Forestación (PIMAF) y obtener a cambio la autorización correspondiente; en contraparte, la autorización permite no sólo el establecimiento de la plantación si no además, su cosecha en el año que corresponda.application/pdftext/htmlFAOEstado de la información forestal en MéxicoBook (stand-alone)